Denuncia sobre violación de la Constitución Política en Nicaragua

 

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Denuncia sobre violación de la Constitución Política en Nicaragua

 

El Secretariado Permanente de la Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia por este medio Alerta sobre violaciones a la Constitución Política en Nicaragua:

El sábado 9 de enero del presente año, el Presidente de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, atentando una vez más contra el orden constitucional, emitió el Decreto Ejecutivo número 3-2010, que usurpa las funciones de la Asamblea Nacional, ratificando y extendiendo los plazos a más de 25 cargos máximos en distintas instituciones y poderes del Estado, entre ellos Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral.  El nombramiento de esos funcionarios, al término de su período, es según la Constitución Política facultad exclusiva de la Asamblea Nacional. Este decreto, que viola numerosos artículos de la Constitución Política (específicamente los artículos 129, 130, 131, 138, 150, 154, 162, 172, 182 y 183) y violenta la separación y la independencia de los Poderes del Estado, fue dictado por Daniel Ortega con el objetivo de mantener a un grupúsculo de fieles allegados, dirigiendo las Instituciones clave del Estado, que le permiten que gobierne con arbitrariedad absoluta y ajeno a toda disposición de la Carta Magna. La Junta Directiva de la Asamblea Nacional ya declaró la inconstitucionalidad del Decreto.

Entre los artículos violados por este decreto se encuentra el Art. 182, Constitución Política de la República de Nicaragua: "La Constitución Política es la carta fundamental de la República; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendrán valor alguno las leyes, tratados, órdenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones." Es alarmante para la sociedad nicaragüense observar cómo el Presidente Ortega y sus allegados violan sistemáticamente la Constitución, debido a que violentan diversos artículos de esta; siendo ello un acto reiterado verificable en las innumerables denuncias de fraude electoral interpuestas durante las elecciones municipales del año pasado. Todo esto termina convirtiéndose en una pésima costumbre que nos aleja de la posibilidad de forjar una verdadera República, y solamente nos depara caos económico y social.

Debemos además, repudiar las nefastas acciones del gobierno nicaragüense en contra de la sociedad civil; resalta grandemente la persecución en contra de mujeres miembro del Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), de la organización CINCO y ataques de grupos armados cercanos al gobierno a movimientos estudiantiles, y la represión continua contra cualquier forma de disidencia política. Es importante señalar además, las intensas declaraciones y amenazas que ha perpetrado Daniel Ortega en contra de los medios de comunicación independientes de su país, las cuales han sido puestas en evidencia en reiteradas ocasiones por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), y que constituyen una grave lesión a la libertad de prensa en Nicaragua.

Ante tal situación, la Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia considera que:

  • Es imperativo restablecer la credibilidad y funciones de las Instituciones del Estado de Nicaragua, creadas constitucionalmente para el desarrollo integral del país y su ciudadanía en una Democracia Plena.
  • Es necesario denunciar la invalidez de dicho Decreto, por estar reñido con la Constitución, porque atenta contra el carácter republicano del Estado de Nicaragua y abona a la desestabilización de las incipientes democracias de la región.
  • Es obligatorio condenar la persecución del gobierno en contra de diversas organizaciones y activistas de la sociedad civil, así como de los medios de comunicación, lo cual violenta grave y profundamente la libertad de expresión, acción y prensa.

POR TANTO:

La Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia, con el respeto acostumbrado, conmina con carácter de urgencia a los Estados miembros de la OEA y a sus órganos, a que cumplan con el Art. 19 de la Carta Democrática Interamericana. De acuerdo a este artículo, eliminarle funciones constitucionales a un Poder del Estado es una ruptura del orden democrático, pues viola el Art. 130, entre muchos otros, de la Constitución de ese país, por lo que merece sanciones internacionales.

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Si lo desea puede descargar el PRONUNCIAMIENTO en su versión PDF:

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